Incluye condonación de intereses y multas y, entre otros beneficios, no requiere de pago a cuenta
Tras un largo camino de reclamos, movilizaciones y una lucha incansable de todo el sector de la discapacidad, finalmente comienza a materializarse una de las herramientas más esperadas para frenar el ahogo financiero de las instituciones. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó, mediante la Resolución General 5828/2026, el plan de facilidades de pago que busca dar un respiro a quienes sostienen los servicios esenciales para miles de personas.
Esta medida no llega de forma aislada: es el brazo operativo de la Ley de Emergencia en Discapacidad (N° 27.793) y el Decreto 84/26. Estos instrumentos legales fueron arrancados al calendario oficial por el sector para evitar el cierre masivo de centros de día, transportistas y profesionales que, ante los retrasos en los pagos y la inflación, habían acumulado deudas impositivas imposibles de afrontar.
Un alivio necesario frente a la crisis
El nuevo esquema reconoce la situación crítica del sector y ofrece condiciones excepcionales para regularizar deudas vencidas hasta el 31 de diciembre de 2025. Lo más significativo para los prestadores, que hoy operan con la caja al límite, es que el régimen no exige un pago a cuenta (anticipo) para ingresar.
Los beneficios incluyen:
- Condonación total y parcial: Se condonarán el 100% de los intereses si la adhesión se realiza en los primeros 3 meses (marzo a junio), y el 50% en los 3 meses posteriores.
- Plazos extendidos: Hasta 60 cuotas mensuales para saldar compromisos de seguridad social e impuestos.
- Tasa subsidiada: El interés de financiación será del 50% de la tasa resarcitoria vigente (aproximadamente un 1,37% mensual al día de hoy), una cifra muy por debajo de los valores de mercado.
¿Cómo acceder al beneficio?
Para garantizar que el beneficio llegue a quienes realmente forman parte del sistema de prestaciones de la Ley N° 24.901, el acceso estará cruzado por los registros oficiales:
- Validación: La Secretaría Nacional de Discapacidad enviará el listado de prestadores a ARCA.
- Caracterización: Los beneficiarios verán en su “Sistema Registral” el código “640 – Emergencia Nacional en Discapacidad”.
- Adhesión: Se realiza a través de la web de ARCA, en el servicio “Mis Facilidades”, seleccionando la opción específica de la Ley 27.793. El plazo vence el 17 de septiembre de 2026.
Claves del nuevo régimen
| Concepto | Detalle para el prestador |
| Plazo para sumarse | Del 17/03/2026 al 17/09/2026. |
| Condonación de intereses | 100% (si entras antes del 16/06) o 50% (después de esa fecha). |
| Financiación | Hasta 60 meses con cuotas mínimas de $50.000. |
| Multas y sanciones | Se condonan si el incumplimiento se subsana antes del 17/09/26. |
| Vencimiento de cuotas | Los días 16 de cada mes por débito directo. |



